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DEDUCIBILIDAD DE LOS PLANES DE PENSIONES DE LOS ADMINISTRADORES
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DEDUCCIÓN PLANES DE PENSIONES PARA ADMINISTRADORES DE SOCIEDADES

CM_00336

La Dirección General de Tributos en una Consulta Vinculante del pasado 22 de octubre, determina que las pensiones que reciben los administradores de las sociedades, es una prestación complementaria a su retribución.
Y, por lo tanto, serán deducibles, en Impuesto de Sociedades, en el momento en que se realice su pago.
Así que, asesores de todo tipo, empezad a contad con este tipo de productos para que vuestros clientes puedan tener, además de un plan de pensiones, deducciones en el Impuesto de Sociedades.

Noticia vía 
www.eleconomista.es


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