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Tras una reciente sentencia del Tribunal Supremos del pasado 29 de octubre, el automatismo existente y, que ya conocemos sobradamente, de: consideración de gasto no deducible por parte de la Agencia Tributaria, sanción al canto, debería ser al menos cuestionable.
Es decir, la comisión de un error en la interpretación de la norma o la falta de soporte documental de un gasto, no debería ser sancionado de forma automática como ahora viene siendo.
Según el Tribunal Supremo, será necesario que la Agencia Tributaria, pruebe que ha existido culpabilidad, aunque sea en grado de simple negligencia.
Así que, habrá que hacer valer esta sentencia tras la imposición de sanciones.
Noticia vía Diario Autónomos y Emprendedores
Cuando los autónomos deduzcan mal un gasto en sus declaraciones, Hacienda...
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